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Los
ciclomotores, los vehículos que más circulan sin seguro
(11,9%), mientras los turismos están por debajo de la media (2,3%)
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J.
M. MENÉNDEZ
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Sólo
el 3% de los vehículos que circulan por las carreteras
españolas no tiene seguro, según los datos de la
campaña de comprobación del seguro obligatorio realizada
el pasado verano por la Guardia Civil y la Policía Autonómica
Catalana. Los vehículos que más circulan sin seguro
son los ciclomotores, seguidos de motos, vehículos agrícolas
y autocaravanas
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Circulan
sin seguro menos vehículos de los que se creía unos
734.000 automóviles (3%) por España. Además,
esta situación afecta de forma importante a los ciclomotores
(casi 12%), y apenas a los turismos sólo el 2,3% no
tiene papeles, según datos de la campaña
de control sobre el seguro obligatorio, realizada por la Agrupación
de Tráfico Guardia Civil y Policía Autonómica
Catalana en la primera quincena de julio. La campaña que
tendrá continuidad comprobó más de 96.000
vehículos, contrastando sus matrículas con los datos
que figuran en el FIVA (Fichero Informatizado de Vehículos
Asegurados), que gestiona el Consorcio de Compensación de
Seguros, para comprobar si tenían suscrita póliza
de seguro obligatorio.
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La
primera consecuencia de esta campaña ha sido rebajar
a la mitad el dato que se manejaba de vehículos sin
seguro, entre 1 y 1,5 millones. Miguel Ángel Vázquez,
jefe de Prensa de UNESPA patronal de entidades aseguradoras,
señala que se trata de una buena noticia y
que nosotros siempre fuimos muy cautos. De hecho, en 1995
había quien hablaba del 25% del parque sin seguro y, porque
esas estimaciones no son fiables y opinamos que muchos vehículos
no circulan, en 1996 dejamos de impulsarlas.
Los
ciclomotores son, por clases, los vehículos que más
circulan sin seguro (11,9%), seguidos de lejos por motos (6%),
vehículos especiales y agrícolas (5%) y autocaravanas
(4,3%). Las razones, en el primer caso, son evidentes: en los
últimos años, el seguro del ciclomotor se ha encarecido
enormemente incluso en el propio Consorcio, cuando
es posible hacerlo, ya que muchas compañías rechazan
estos clientes. Los turismos no representan, sin embargo, un volumen
elevado (2,3%), por debajo de la media del parque (3%).
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MOTOS.
Las motos y, sobre todo, los
ciclomotores circulan en muchos casos sin seguro.
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Afinar
el FIVA
No
obstante, un 10% de vehículos no aparecía en el FIVA
y, a pesar de ello, 7 de cada 10 acreditó tener seguro. El
Fichero hay que actualizarlo a diario por parte de las compañías.
Teóricamente explica Luis Ansoleaga, subdirector de
Coordinación Periférica del Consorcio de Compensación
de Seguros es infalible, el problema es que parte de las aseguradoras
tiene dificultades para facilitar a diario la información.
De hecho, es obligatorio por Ley facilitar esa información
y también las altas y bajas. La cifra de fallos
del FIVA le parece excesivamente alta, ya que no coincide con
el cerca de medio millón de consultas que realiza el Consorcio.
Una explicación que confiesa Ansoleaga
afecta al mismo Consorcio en muchas ocasiones es que la gente enseña
a la Guardia Civil un resguardo del seguro o un aviso de renovación
sin la validación del banco que acredita el pago
y así parecen acreditar tener seguro y no lo tienen. Otra
estratagema es concertar un seguro, pero no pagarlo y con la propuesta,
tratar de acreditar que se tiene.
Ante esto no figurar en el FIVA aunque se tenga seguro,
que puede dar lugar a ser denunciado por los agentes de vigilancia
del tráfico, se debe insistir a nuestra aseguradora que introduzca
los datos en el FIVA, ya que la comprobación por el usuario
no es factible, por tratarse de un fichero semipúblico. Para
acceder a los datos del FIVA -explica Ansoleaga hay que acreditar
ser interviniente en un accidente de circulación, aunque
también pueden acceder a él la compañía
del afectado.
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¿Qué
pasa
si no tengo seguro?
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Cuando
los agentes de la vigilancia del tráfico comprueban que un
vehículo carece de seguro obligatorio, proceden a adoptar
las medidas para asegurarse de que este no circulará y lo
depositarán, con cargo a su propietario, hasta que el titular
formalice un seguro. Circular sin seguro es una falta, tipificada
en el artículo 636 del Código Penal, que contempla
pena de multa de 1 a 2 meses, cuya cuota diaria es de 200 a 50.000
pesetas, y que aplica el juez en la medida y extensión que
considera pertinente.
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¿Y
si tengo seguro
pero no llevo el recibo?
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| La
Ley 30/1995, de Ordenación del Seguro Privado, obliga al conductor
del vehículo a llevar el justificante del pago de la prima
del seguro para acreditar su vigencia. Si se incumple esta obligación,
se sanciona con 10.000 pesetas. |
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EN
ESPAÑA (Agrupación de Tráfico de la Guardia
Civil) (*)
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 |
Clase
|
Nš
veh. controlados
|
No
acreditan seguro
|
%
|
|
Ciclomotor
|
3.360
|
403
|
11.9
|
|
Motocicleta
|
1.826
|
110
|
6.0
|
|
Turismo
|
57.277
|
1.337
|
2.3
|
|
Autobús
|
1.270
|
19
|
1.4
|
|
Camión
|
15.218
|
453
|
2.9
|
|
Furgón/Furgoneta
|
11.938
|
435
|
3.6
|
|
Remolque
|
4.305
|
130
|
3.0
|
|
Veh.
Especial Obras y Agrícolas
|
693
|
35
|
5.0
|
|
Otros
|
325
|
29
|
8.9
|
|
Total
|
96.304
|
2.995
|
3.06
|
|
(*)
Excepto Cataluña y País Vasco. (Fuente: DGT).
|
|
EN
CATALUÑA (Policía Autonómica Catalana)
|
 |
Clase
|
Nš
veh. controlados
|
No
acreditan seguro
|
%
|
|
Ciclomotor
|
188
|
49
|
14.6
|
|
Motocicleta
|
89
|
49
|
26.1
|
|
Turismo
|
1.572
|
143
|
9.1
|
|
Otros
|
350
|
16
|
4.6
|
|
Total
|
2.199
|
221
|
10.05
|
|
(Fuente:
Servicio Catalán de Tránsito. Generalidad de Cataluña).
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Cómo
comportarse en caso de accidente
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1)
Rellenar in situ el parte amistoso, describiendo claramente
cómo ocurrió el accidente y firmando ambos conductores.
Si sólo intercambia datos, se expone a que el contrario acepte
la responsabilidad en el lugar del accidente y luego cambie la versión
ante su aseguradora.
2)
Tome los datos (nombre y teléfono) de testigos que hayan visto
el accidente.
3)
Si sufre lesiones, el conductor contrario está bajo los efectos
del alcohol, no acepta su responsabilidad o se niega a dar sus datos
o los de su seguro, solicite la presencia policial y asistencia
médica para que levante un atestado que, posteriormente,
servirá como prueba.
4)
Si existe daños y lesiones o sólo lesiones, es preferible
la vía penal a la civil para reclamar (tiene 6 meses para presentar
la denuncia), ya que permite conseguir gratis medios de prueba (informe
médico, titular del vehículo que interviene, acceder al
atestado...) que se pueden utilizar en esta vía.
5)
Si sólo hay daños materiales o lesiones leves, se archiva
la denuncia o el contrario sale absuelto, tiene 1 año para reclamar
por la vía civil.
6)
Salvo que la póliza fije un plazo mayor, hay 7 días para
dar parte a su seguro.
7)
Estudie las coberturas de su póliza. Si tiene defensa jurídica,
puede designar abogado y procurador sin obligación de aceptar
los del seguro; la de asistencia en viaje puede cubrir gastos de alojamiento
o traslado; la de ocupantes, podría indemnizar a quien viaje
con usted, al margen de la que pueda pagar de la aseguradora del contrario,
si fuera responsable.
(Fuente:
Multauto).
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¿Y
si no está asegurado?
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-
Si el vehículo no se detiene, consiga el mayor número de
datos posibles, principalmente la matrícula. Con éstos,
acuda a su aseguradora, que comprobará en el FIVA si el vehículo
tiene seguro se pondrá en contacto con su compañía
o no debe acudir a la delegación del Consorcio de Compensación
de Seguros y rellenar un formulario para que éste se haga cargo.
-
Si el automóvil se detiene, pero no puede acreditar que disponga
de seguro, pida a los agentes de la autoridad que levanten atestado (servirá
como prueba) y, con la mayor cantidad de datos posibles (comprobándolos,
si hace falta, con DNI, póliza seguro...), acuda a su aseguradora
si dispone de asistencia jurídica o a la delegación
del Consorcio de Compensación de Seguros.
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