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Cada número le mostramos videos captados desde los helicÓpteros de la Dirección General de Tráfico. Estos sirven de base para la tramitación del correspondiente procedimiento sancionador.
El conductor de la motocicleta acaba de adelantar a un turismo correctamente y en una zona permitida para ello. Hasta aquí, todo normal, aunque la moto no 'recupera' su posición lo más cercana a la derecha posible y parece afrontar la curva que se avecina –que viene avisada por la presencia de bandas sonoras que cruzan el carril– desde una posición poco 'académica', casi pisando la línea central de separación de los diferentes sentidos.
Vemos al conductor 'negociando' la curva antirreglamentariamente, ya que invade el carril contrario totalmente. El conductor, sin duda, piensa que la línea recta es la más corta entre dos puntos y sin pensar en el riesgo, corta la curva
acercándose muchísimo al arcén ¡izquierdo! de la vía. Desde luego, si otro vehículo circulase en ese momento en el sentido contrario, no se esperaría hallar allí una moto...
Además, cuando termina la curva, tampoco recupera inmediatamente la derecha, sino que circula 'peligrosamente' cerca –cuando no dentro– del carril destinado al sentido contrario. Esta actitud negligente se mantiene durante un tramo bastante largo...
... Y como no se trata de un despiste, sino de una actitud, la última foto de la secuencia muestra al mismo motorista tomando otra curva de idéntica forma: invadiendo el sentido contrario y traspasando la línea continua sin pensar en el peligro que genera para él y para otros usuarios de la vía. ¿Merece la pena el tiempo que se puede ganar por el peligro que corremos con estas actitudes?
Nuestro motorista circula en sentido contrario al establecido (art. 65.5.f de la Ley de Seguridad Vial en relación al art. 29 del Reglamento General de Circulación), por lo que se trata de una infracción muy grave.
Estas infracciones se sancionan con una multa de 500 euros (Ley de Seguridad Vial, art. 67.1) y la pérdida de 6 puntos en su permiso (Anexo II, punto 4).
© Dirección General de Tráfico