Un vehículo histórico es aquel que por su antigüedad, al menos 30 años, interés o singularidad merezca una consideración especial que proteja su carácter representativo y simbólico, resguardando así el patrimonio cultural y simbólico de nuestro tiempo y permitiendo su utilización con la debida seguridad técnica y mecánica.

Podrán ser considerados Vehículos Históricos y matricularse como tal aquellos que:

  • Tengan una antigüedad mínima de 30 años.
  • Estén incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica.
  • Sean considerados vehículos de colección, que por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial muy sobresaliente, merezcan acogerse al régimen de los vehículos históricos.

Por otro lado, para realizar cualquier gestión relacionada con la matriculación de un vehículo, utiliza nuestro asistente online o consulta la página general, y te ayudaremos a acceder correctamente al trámite que necesites.

La matriculación de un vehículo debe hacerla el titular del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre.

Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.

También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.

Reconocimiento del vehículo como histórico por parte de la Comunidad Autónoma correspondiente

Para que conseguir que tu Comunidad Autónoma catalogue como histórico el vehículo, deberás solicitar la inspección del vehículo por un Laboratorio Oficial acreditado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma y acompañar los documentos acreditativos que te soliciten.

Una vez catalogado el vehículo como histórico, debes solicitar una inspección técnica, previa a su matriculación, en una estación de Inspección Técnica de Vehículos de tu provincia indicando que se trata de una inspección para conseguir matrícula histórica.

La estación ITV emitirá la tarjeta ITV Ayuda, expresando en ella la fecha de fabricación del vehículo (si fuera conocida), las limitaciones a la circulación y las condiciones técnicas exentas que figuren en la resolución de catalogación.

  • Solicitud rellena en impreso oficial.
  • Justificante de haber realizado el pago de la tasa de matriculación correspondiente de la DGT o resguardo de la misma. En caso de realizar el trámite en nuestras oficinas, podrás realizar el pago de la tasa en el momento de realizar el trámite abonando la tasa con tarjeta, nunca en efectivo.
  • Resolución del órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que se cataloga al vehículo como histórico.
  • Tarjeta de inspección técnica Ayuda expedida en cualquier estación ITV autorizada, en la que se haga constar la matriculación como vehículo histórico.
  • Acreditación de pago de impuestos:
    • Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en que tengas tu domicilio.
    • Justificante del pago/exención/no sujeción del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, (modelo 576, 06 ó 05 de la Agencia Estatal Tributaria o, en el caso de País Vasco y Navarra, en su Hacienda Foral correspondiente), si el vehículo no ha estado matriculado antes en España.
    • Justificante del pago o exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (si presentas un contrato entre particulares o documento notarial).
  • Cuatro fotografías en color del vehículo (ambos laterales, delantera y trasera). En el caso de realizar el trámite por internet, a través del Registro Electrónico, las fotografías se te solicitarán cuando vengas a finalizar el trámite.
  • Permiso de circulación Ayuda si el vehículo está en circulación. En el caso de realizar el trámite por internet, a través del Registro Electrónico, el permiso de circulación original se te solicitará cuando vengas a finalizar el trámite.

Además, será necesario aportar en los siguientes casos la siguiente documentación:

  • Si no es el mismo titular el que va a matricular y el que figura en la documentación original: Acreditación de la propiedad del vehículo, a través de los siguientes posibles medios:
    • Documento notarial: acta de notoriedad o de manifestaciones.
    • Factura de compra si lo adquieres a un compraventa o a una persona jurídica. Si el vehículo procede de la UE o de tercer país y la factura es de compraventa español, debes aportar el IAE o documento acreditativo de estar incluido en el censo de sujetos pasivos de IVA a efectos de operaciones intracomunitarias.
    • Contrato de compraventa, firmado en todas las hojas, si la venta es entre particulares.
  • Vehículos procedentes de otro país: 
    • Documentación extranjera del vehículo.
    • Si procede de fuera de la UE, además, Documento Único Administrativo (DUA), expedido por la Aduana.
  • Autobuses, o vehículos de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas: deberás aportar además el Certificado de transportes.

1. Por internet, a través de nuestro Formulario de Solicitud General. Debes disponer de DNI Digital o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de Cl@ve para acceder al formulario:

  • Rellena los campos de contacto y modo de notificación e introduce la matrícula del vehículo a dar de baja, así como el CIF/NIF/NIE.
  • En el apartado de “Solicitud”, completa la información de la matrícula o número de bastidor del vehículo. Selecciona en el despegable de “Materia de tramitación” la opción “Matriculación”, además de la oficina de tu provincia. Si no estuviera en el listado, selecciona la opción "Otras provincias". No te olvides de completar el campo “Información del trámite a solicitar” con una explicación detallada de tu solicitud. Por último, recuerda adjuntar en el apartado "Documentos" toda la documentación que se indica en el bloque "¿Qué necesitas?".
  • Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro  Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable '¿Quién presenta el trámite?' la opción 'Representante', y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado). Envía tu solicitud y conserva el justificante.

A la hora de presentar tu solicitud por Registro debes tener en cuenta: 

  • La presentación por registro de una solicitud no es un trámite automático. Atenderemos tu solicitud en el menor plazo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo. En el momento en que tramitemos tu solicitud te avisaremos para que acudas a tu Oficina o Jefatura de Tráfico a entregar la documentación física exigida y finalizar el trámite.
  • A la hora de realizar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.
  • Antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.

2. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060. Recuerda que la atención presencial en nuestras oficinas está reservada para particulares y sus representantes. Empresas y otras personas jurídicas, así como sus representantes, deberán realizar sus trámites de manera electrónica.

Deberás acudir con documentación original y en vigor para acreditar tu identidad y la titularidad del vehículo: Documento oficial que acredite tu identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros). En el caso de menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto.

  • Para tramitar la matriculación de un vehículo (excepto ciclomotores) tienes que adquirir la tasa 1.1 de 99,77 euros
  • En el caso de ciclomotores, se deberá comprar la tasa 1.2 de 27,85 €

Tienes varios medios para pagar tu tasa:

  • Si vas a realizar la solicitud del trámite por internet a través del Registro, deberás pagar la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de pago en ella.
  • En caso de realizar el trámite presencialmente podrás pagar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.

¿Puedo conducir mi vehículo mientras se tramita la matriculación histórica?

No se puede conducir sin documentación ni placas, por lo que si quieres usar tu vehículo mientras gestionas la matriculación, puedes, si el vehículo cumple los requisitos, solicitar unas placas temporales (verdes).


¿Qué edad debe tener un vehículo para ser considerado histórico?

Debe tener una antigüedad mínima de 30 años, contados a partir de la fecha de fabricación. Si ésta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.


¿Tengo que asegurar un vehículo histórico?

Sí, cualquier vehículo dado de alta o que se encuentre en la vía pública debe estar al día de ITV y seguro, aunque los seguros de estos vehículos suelen ser más baratos.


¿Tiene un vehículo histórico que cumplir la legislación anticontaminación?

No, por su régimen especial, y sus características, un vehículo histórico está exento del cumplimento de las normas en materia de anticontaminación.


¿Cada cuánto pasa la ITV un vehículo histórico?

Un coche histórico tiene que seguir acudiendo a los exámenes de inspección, pero la gran ventaja es que esta se produce por periodos de tiempo más largos. Lo normal es que se realice cada 2 o cada 5 años.


¿Puedo circular normalmente con mi vehículo histórico?

Los vehículos históricos que no sean capaces de superar la velocidad de 40 km/h. circularán por el arcén, si fuera suficiente y practicable.

Los vehículos históricos no podrán circular por autopista o autovía si no alcanzan, como mínimo, la velocidad de 60 km/h.

Asimismo, mediante resolución de la Dirección General de Tráfico podrá prohibirse, en determinadas fechas y vías, la circulación de los vehículos que no sean capaces de superar la velocidad de 80 km/h. 

Además, aquellos vehículos que por su antigüedad o características constructivas, no dispongan de los sistemas de alumbrado y señalización óptica exigidos por la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, no podrán circular entre la puesta y la salida del sol, ni en circunstancias que hagan necesario el empleo de tales sistemas.

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