Cierre temporal o definitivo de un centro de formación para mercancías peligrosas

Si un centro de formación de mercancías peligrosas va a estar más de un año sin realizar cursos ADR o va a cerrar definitivamente debe notificar esta circunstancia a Tráfico.

Fecha actualización: 14/01/2021

Un Centro ADR de formación de conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas puede cerrarse ya sea temporalmente o de manera definitiva.

  • Suspensión temporal: Para cierres de un máximo de un año. Cuando el plazo de inactividad sea superior, la autorización de la suspensión dependerá de que no se deriven graves perjuicios para la enseñanza, y siempre por tiempo no superior a dos años.
  • Suspensión definitiva por extinción del centro: Por muerte, disolución de la sociedad o renuncia expresa de su titular. También se extingue por cese de su funcionamiento por tiempo superior a un año, salvo que se haya solicitado la suspensión de acuerdo con el párrafo anterior, o por haber transcurrido el plazo de un año desde que finalizó la suspensión sin que se reanuden las actividades del centro.

Pérdida de autorización de un centro por inactividad

Un centro puede perder su autorización de Centro ADR si está más de un año sin realizar ningún curso. Si el centro va a estar más de un año sin realizar ningún curso pero no quieres perder la autorización, debes solicitar la suspensión temporal del centro. Esta suspensión tendrá una duración máxima de dos años.

En linea Presencial
  • Coste del trámite para la suspensión temporal y extinción de un Centro ADR XX,XX€ TIPO DE TASA: 4.1

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