Las autoridades competentes en materia de tráfico y seguridad vial disponen anualmente medidas especiales de regulación que restringen temporalmente la circulación de determinados vehículos en fechas y recorridos para los que se prevén desplazamientos masivos, con el fin de favorecer la seguridad vial, movilidad y fluidez de la circulación.
Los vehículos afectados por las restricciones temporales de circulación son los siguientes, aunque pueden existir excepciones que permiten a ciertos vehículos de estas categorías circular sin autorización:
- Vehículos de transporte de mercancías en general de más de 7.500 Kg de masa máxima autorizada o de conjunto.
- Vehículos de transporte de mercancías peligrosas que deban llevar paneles naranja de señalización de peligro según ADR.
- Vehículos especiales y vehículos que precisen autorización complementaria de circulación.
No obstante, cuando exista una situación ineludible de realizar el desplazamiento en alguno de los períodos y por alguno de los itinerarios con un vehículo afectado por esas restricciones a la circulación, se podrá solicitar una autorización especial para que ese vehículo pueda realizar dicho desplazamiento.