La celebración de actividades o eventos organizados con fines recreativos, turísticos o tradicionales, en los que no existe competición deportiva, requerirá de la comunicación previa al inicio a la autoridad competente en materia de seguridad vial cuando su correcto desarrollo requiera la ocupación total o parcial de las vías, interfiriendo en la fluidez y seguridad ordinaria de la circulación de las mismas.
Otros eventos no deportivos en vías públicas
Los organizadores de eventos no deportivos deben comunicar con al menos 10 días hábiles de antelación a la DGT cuando la actividad implique ocupar la vía pública y pueda afectar a la seguridad o fluidez del tráfico.
Fecha actualización: 11 junio 2026
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Coste del trámite XX,XX€