Otros eventos no deportivos en vías públicas

Los organizadores de eventos no deportivos deben comunicar con al menos 10 días hábiles de antelación a la DGT cuando la actividad implique ocupar la vía pública y pueda afectar a la seguridad o fluidez del tráfico.

Fecha actualización: 11 junio 2026

La celebración de actividades o eventos organizados con fines recreativos, turísticos o tradicionales, en los que no existe competición deportiva, requerirá de la comunicación previa al inicio a la autoridad competente en materia de seguridad vial cuando su correcto desarrollo requiera la ocupación total o parcial de las vías, interfiriendo en la fluidez y seguridad ordinaria de la circulación de las mismas.

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