Las señales circunstanciales y de balizamiento están descritas en el artículo 144 del Reglamento General de Circulación (RGC). En el orden de prioridad en la vía, son el segundo grupo de señales en importancia, por detrás de las de los agentes (ver el recuadro de la página 38). Está formado por señales muy diversas –reflectantes, luminosas, de metal, hormigón o plástico...– que cumplen múltiples funciones: desde los pequeños captafaros al borde de la calzada a las barreras móviles o los conos que delimitan carriles reversibles, adicionales o incorporaciones, de especial importancia en la instalación de carriles especiales, donde se utilizan unos 90 conos por kilómetro.
El RGC clasifica estas señales circunstanciales y de balizamiento en dos tipos distintos según su utilidad: los dispositivos de barrera y los de guía: