Movilidad sostenible - Vehículos de Movilidad Personal

La micromovilidad como ingrediente de la movilidad sostenible.

Fecha actualización: 18 junio 2025

La micromovilidad es el concepto que hace referencia a aquellos vehículos ligeros (típicamente eléctricos) utilizados para el transporte urbano de corta distancia. Estos vehículos proporcionan una alternativa sostenible y flexible, ayudando a reducir la congestión del tráfico y las emisiones de carbono.

Dentro de este ámbito destacan los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), también conocidos como E-scooters, destinados al desplazamiento de una única persona y que deben cumplir ciertos requisitos técnicos para poder circular.

Micromovilidad

Si bien no existe una única definición y categorización en el Espacio Económico Europeo sobre qué tipos de vehículos concretos se deben incluir dentro de la esfera de la micromovilidad, ciertos estudios de la Comisión Europea tienden a incluir dentro de este concepto los siguientes vehículos:

  • Vehículos con motor Electric Power Assisted Cycles (EPACs) con velocidad asistida máxima de 25km/h y una potencia nominal continua máxima de motor de 250W.
  • Ciclomotores motorizados L1e-A, incluidos aquellos con 2, 3 o 4 ruedas.
  • Cilomotores L1e-B diseñados para peladear.
  • E-scooters (o VMP en España).
  • Otros vehículos accionados por el cuerpo humano como bicicletas o patines.

Dibujo persona conduciendo un patinete eléctrico

En las zonas urbanas, todos estos vehículos son cada vez más populares, sobre todo los de motor, promovidos tanto por la creciente demanda de medios de transporte más sostenibles, como por los avances tecnológicos que mejoran la experiencia del usuario y la eficiencia operativa. Diversos estudios han puesto de manifiesto que el uso de vehículo a motor privado representa una proporción significativa en el reparto por tipo de medio de transporte, alcanzando un 48% en la Unión Europea y un 45% a nivel mundial. 

La creciente necesidad de gestión eficaz del espacio urbano y lo objetivos de sostenibilidad, están impulsando otro tipo de desplazamientos con vehículos más sostenibles, entre ellos, bicicletas, VMP o incluso los desplazamientos a pie.

Si bien la mayor parte de los vehículos de movilidad cuentan con una normativa sobre sus características técnicas, la aparición reciente de los denominados “Vehículos de Movilidad Personal” ha precisado de la determinación tanto de su concreta definición como de sus requisitos para poder circular, siendo este último punto señalado como significativo por la Comisión Europea para la seguridad vial.

Vehículos de Movilidad Personal: cómo debe ser mi VMP

En 2022, la Dirección General de Tráfico publicó el Manual de características de los vehículos de movilidad personal, un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos deben ser certificados por los organismos competentes. También se establece la obligación a los fabricantes o representantes autorizados a disponer de un certificado de circulación para una marca, modelo y versión concreta que garantice el cumplimiento de una serie de requisitos técnicos, así como de identificación para que dichos vehículos puedan circular por las vías.

El Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre y el Reglamento General de Vehículos, denomina Vehículo de Movilidad Personal (VMP) a aquellos vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos (baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada), que puedan proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h, y que sólo puedan estar equipado con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado.

Además es importante tener en cuenta que los VMP, al ser autopropulsados exclusivamente por motor eléctrico, les corresponde la clasificación ambiental CERO emisiones y están exentos de llevarlo visible.

 

Normativa técnica y vehículos certificados

A la hora de adquirir un VMP, ten en cuenta que los VMP comercializados a partir de 22 de enero de 2024 deberán estar certificados para su uso. En cambio, los VMP comercializados hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado. A partir de dicha fecha, solamente lo podrán hacer los VMP que cuenten con la certificación.

  • Consulta los modelos certificados y los laboratorios acreditados para su certificación

Normativa de circulación sobre VMP

Consulta la norma

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