A continuación, se muestra otro tipo de información específica que te puede servir de ayuda durante tu estancia en nuestro país.
Otros aspectos de interés
Además de las normas generales, este apartado ofrece información sobre normativa específica tanto para vehículos como otras situaciones que se puedan encontrar en la carretera (peajes, caravanas, etc.).
Fecha actualización: 05 marzo 2026
Autocaravanas, caravanas o remolques
En los desplazamientos vacacionales es muy frecuente el uso de autocaravanas, caravanas o remolques para poder transportar nuestro equipaje y enseres.
La circulación con este tipo de vehículos, además de requerir de cierta práctica debido a sus características, implica conocer la normativa aplicable en cada caso, la cual varía según sus dimensiones y peso.
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Viajar con caravana, remolque o autocaravana
Carga del vehículo
En los desplazamientos vacacionales normalmente se suele incluir una gran cantidad de equipaje. La recomendación general para tu seguridad es que todo el equipaje se encuentre localizado en el maletero, en baúles exteriores o en remolques, evitando que existan elementos sueltos en la zona de los pasajeros. Es la mejor manera de evitar daños en caso de accidente.
Por ello, hay que tener en cuenta que existen limitaciones a la hora de transportar elementos fuera del vehículo, como bicicletas, por ejemplo. Estas están definidas por la tipología del vehículo, marcando medidas máximas tanto en el largo como en el ancho, teniendo en cuenta que:
- Si la matrícula o luces traseras quedaran ocultas por la carga, será necesario un dispositivo visible de alumbrado y señalización y una placa de matrícula adicional.
- Si la carga es inferior al ancho del vehículo (incluyendo espejos), se deberá llevar una señal V-20 situada en el extremo de la carga y perpendicular al eje del vehículo.
- Si la carga ocupa el ancho total del vehículo, se deberá llevar dos señales V-20 situadas transversalmente en cada extremo de la carga, de tal manera que formen una "V" invertida.
- Si la carga es más ancha, no podrá ser transportada.
Peajes
El acceso a las autopistas de peaje en España se realiza a través de las cabinas de peaje, donde generalmente se puede recoger un ticket del punto de entrada para abonarlo en el punto de salida. También es posible que la autopista disponga de tramos únicos donde se cobre la totalidad de trayecto.
Estas tarifas están reguladas y no podrán ser modificadas por el operador, aunque el coste del trayecto sí puede variar según el tipo de vehículo y/o el periodo horario, dependiendo de la demanda de usuarios. El pago del trayecto se podrá llevar a cabo en efectivo o mediante tarjeta bancaria en la zona de acceso a la autopista de peaje. Si dispones de un sistema de telepeaje, consulta si es váldo en nuestro país.
Recuerda que, si no quieres ir por estas autopistas, siempre existe la alternativa de realizar el trayecto sin coste a través de una carretera convencional.
Radares
En nuestro país existen diversas tipologías de sistemas de control de la velocidad, denominados comúnmente como “radares”. Existen los siguientes tipos:
- Fijos: Estos medidores de velocidad disponen de una localización permanente y de información pública mediante señales de tráfico, fijas o luminosas, que pueden indicar la velocidad a la cual está delimitado el radar.
- De tramo: Las mediciones de este tipo se realizan en un tramo concreto de la vía con un punto de inicio donde se marca el límite de velocidad para dicho tramo. El sistema toma la matrícula del vehículo al principio y al final para, posteriormente, calcular la velocidad media a la que ha circulado en el recorrido de control.
- Móviles: Son controles de velocidad realizados por la autoridad policial competente en un punto concreto. Si se supera el límite, el vehículo puede ser detenido unos metros más adelante para comprobar la documentación y, si procede, formular la denuncia.
- Aéreos: Existe la posibilidad de que las mediciones se lleven a cabo desde helicópteros o drones.