Impuesto de Circulación: IVTM

Si te has mudado de municipio es importante que cambies el domicilio fiscal de tus vehículos, para pagar los impuestos donde corresponde.

Fecha actualización: 25/08/2022

El Impuesto de Circulación de un vehículo también conocido como IVTM, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, sello o viñeta, es un impuesto obligatorio que se aplica sobre todos los vehículos a motor, permitiéndoles la circulación por las vías públicas de todo el país. Sus características principales son:

  • Se paga en el municipio dónde el vehículo tenga su dirección fiscal a día 1 de enero del año en curso.
  • Debe coincidir con el municipio en el que esté empadronado su titular.
  • El coste del impuesto puede variar en cada municipio y cada uno puede establecer excepciones, por ejemplo, por antigüedad.
  • El impuesto de circulación debe ser abonado por parte del titular del vehículo.

Por ello, si te has mudado de municipio, es importante que solicites el cambio de domicilio fiscal de tus vehículos en el plazo de 15 días para que queden registrados en tu nuevo municipio.

¿Cómo puedo saber el domicilio fiscal de un vehículo?

Puedes consultar el domicilio fiscal de tus vehículos desde miDGT, tu área privada de la Sede Electrónica de la DGT, accediendo con tu certificado o credenciales cl@ve al detalle de tus vehículos.

Para comunicar el cambio de domicilio fiscal de un vehículo:


Es posible que puedas realizar el cambio de domicilio en tu nuevo ayuntamiento
consulta el listado de ayuntamientos con convenio. Si tu ayuntamiento está en la lista puedes realizar el trámite de cambio de domicilio directamente con ellos. Si tu ayuntamiento no estuviera en la lista, siempre puedes solicitar el trámite a la DGT:

En linea Teléfono Presencial
  • Coste del trámite XX,XX€

Para justificar el cambio de domicilio puedes presentar el DNI, certificado de empadronamiento, tarjeta censal, o cualquier documento que acredite tu nuevo domicilio. Si no hay cambio de municipio bastará con un recibo de agua, luz, gas… También podrás autorizarnos a consultar tu residencia en el padrón, en tal caso no tendrás que aportar ninguna documentación al respecto.

Vehículos provenientes de Canarias, Ceuta o Melilla

Para vehículos con domicilio fiscal previo en Canarias, Ceuta y Melilla a la Península o Baleares, tendrás que acudir físicamente a cualquiera de nuestras jefaturas u oficinas ya que es necesario realizar una anotación previa de la importación del mismo, debiendo abonar XX,XX€.

 

Además se debe presentar el documento acreditativo de que se ha despachado el vehículo en la Aduana. Si no aporta dicho documento, se pondrá en conocimiento del departamento de Aduanas, por lo que te aconsejamos que realices el trámite de manera presencial.

  • Si han cambiado otros datos, como el cambio en las características del vehículo o de su titular, necesitas obtener un nuevo permiso de circulación para el vehículo.

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