Con tu permiso español en vigor podrás conducir sin necesidad de ningún tipo de autorización adicional en todos los países de la Unión Europea (UE) y del Espacio Económico Europeo (EEE: Islandia, Liechtenstein y Noruega) y en los países con los que existe un tratado bilateral en materia de circulación y transporte (Andorra, Argelia, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Ecuador, Japón (*), Marruecos, Nicaragua, Perú, República Dominicana, Panamá, Paraguay, Uruguay, Brasil, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Serbia, Suiza, Turquía, Túnez, Ucrania, Mónaco, Macedonia del Norte, Reino Unido e Irlanda del Norte, Nueva Zelanda).
(*) En el caso de Japón, aunque existe tratado bilateral, no está contemplado el reconocimiento recíproco de los permisos de conducción nacionales. Si quieres conducir en este país, tendrás que llevar tu permiso de conducción válido y en vigor, acompañándolo con el permiso internacional, también válido y en vigor.
Si vas a conducir en cualquier otro país, deberás obtener previamente un permiso internacional.