Volver a dar de alta un vehículo

Antes de volver a conducir un vehículo que está de baja, tienes que solicitar su alta.

Fecha actualización: 26/11/2024

Alta de un vehículo proveniente de una baja temporal

Si tienes un vehículo en situación de baja temporal, puedes solicitar en cualquier momento su alta para volver a circular con él a la DGT.

Para el caso de vehículos agrícolas, antes de solicitar el trámite en la DGT deberás darlo de alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la Comunidad Autónoma donde esté domiciliado tu vehículo.

En linea Presencial
  • Coste del trámite XX,XX€ TIPO DE TASA: 4.1

Tendrás que pagar el impuesto de circulación del año en curso en tu Ayuntamiento cuando este te lo reclame. No necesitas acudir a tu ayuntamiento para notificar el alta del vehículo:

  • La DGT se encargará de comunicarle el alta al ayuntamiento donde tenga su domicilio fiscal el vehículo.
  • El ayuntamiento se encargará de pasarte de nuevo el impuesto de circulación cuando corresponda.

ITV y Seguro

Antes de volver a circular con tu vehículo, asegúrate que tiene la ITV vigente y el seguro en regla:

  • Si la ITV no está al día, Solicita cita en una de las estaciones ITV disponibles indicando que es para realizar una revisión y obtener el informe favorable.
  • Habla con tu compañía de seguro para contratar una nueva póliza o volver a activar la que tenías si la paralizaste durante la baja.

Si el vehículo que acabas de dar de alta tiene la ITV caducada, no podrás circular con él, por lo que para realizar la revisión correspondiente deberás llevarlo a la ITV elegida montando en una grúa o cualquier otro medio autorizado para su transporte.

Rehabilitación o alta de un vehículo proveniente de una baja definitiva

Aunque no es lo habitual, es posible devolver un vehículo que se encuentre en situación de baja definitiva a un estado de alta para volver a circular por nuestro país, es lo que se conoce como rehabilitación. Los únicos casos en los que es posible una rehabilitación son:

  • Rehabilitación de un vehículo proveniente de baja por exportación. Si diste de baja un vehículo para llevártelo al extranjero, y has regresado a nuestro país de nuevo con tu vehículo, es posible rehabilitarlo y volver a recuperar su matrícula anterior y volver a conducirlo.
  • Rehabilitar como histórico un vehículo dado de baja definitiva. 
    • Si el vehículo no tiene certificado de destrucción, podrá solicitarse la rehabilitación del vehículo de manera ordinaria (no es necesario que se catalogue como histórico), manteniendo la misma matrícula que tenía. 
    • Si el vehículo tiene certificado de destrucción, solo se podrá rehabilitar como histórico. Para ello es necesario la catalogación como vehículo de interés histórico otorgado por la Comunidad Autónoma correspondiente. En este caso la rehabilitación se solicitará conjuntamente con la matriculación como vehículo histórico.
  • Rehabilitación de vehículos adjudicados en subasta de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

Si quieres rehabilitar un vehículo:

Solicita cita en una estación ITV indicando que se trata de una revisión por rehabilitación, que no se trata de una revisión normal.

Acude al ayuntamiento donde esté domiciliado el vehículo para ponerlo al día del pago del impuesto de circulación.

Deberás presentar la documentación generada en los pasos anteriores:

  1. La Tarjeta ITV o ficha técnica expedida en la ITV.

  2. Justificante del pago/exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento donde esté domiciliado el vehículo.

Además, del resto de documentación necesaria para realizar para realizar el trámite y que puedes consultar en nuestra Sede Electrónica.

En linea Presencial
Rehabilitación de vehículo
  • Coste del trámite XX,XX€ TIPO DE TASA: 1.1

  • Coste del trámite para ciclomotores XX,XX€ TIPO DE TASA: 1.2

  • En el caso concreto de rehabilitación de vehículos históricos, puedes consultar los pasos a seguir para su rehabilitación.

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