Encuentro digital sobre la reforma de la Ley de Tráfico con Pere Navarro

Pere Navarro, director General de Tráfico, ha contestando a las preguntas que nos han hecho llegar los ciudadanos.

Fecha actualización: 22 marzo 2022
Encuentro finalizado
  • 10:00 Pregunta

Buenas días. No sé cual es la “nueva normativa” que entró en vigor al parecer el día 21. ¿Tienen alguna publicación al efecto? Gracias y un saludo. (Jesús FE)

  • 10:02 Respuesta

Desde el 15 de febrero la DGT está realizando una campaña de divulgación explicando las novedades con presencia en los principales medios y soportes de comunicación del país (prensa, radio y digitales). Además, hemos llevado a cabo jornadas informativas con los sectores más representativos, como CNAE, Consejo Superior de Tráfico, medios de comunicación… También puede consultar las novedades en la web de la DGT; nuestra revista ‘Tráfico y Seguridad Vial’ en su nº 261 ha dedicado el reportaje de portada a analizar la actualización de esta Ley; y, por supuesto, ha sido publicada en el BOE de fecha 21 de diciembre de 2021. Cuando termine este encuentro se incluirán los enlaces pertinentes para facilitarle la consulta. Un cordial saludo.

  • 10:03 Pregunta

Creo que es un error el limitar la velocidad de adelantamiento a 90 km/h en carreteras convencionales. Le pongo un ejemplo: si intento adelantar a un vehículo que circula a 80 km/h y no puedo superar el límite de 90, voy a recorrer más metros con el consiguiente riesgo de accidente frontal. Siempre se dijo que la maniobra de adelantamiento debería realizarse en el menor tiempo posible, y esta nueva norma lo contradice. Espero que reformen ese apartado dejándolo como estaba. (Rafael Valderrama)

  • 10:04 Respuesta

En ningún país de nuestro entorno existe este margen. Disponer de ese margen de 20 km/h incita a realizar adelantamientos, que es una maniobra de mucho riesgo que puede dar lugar a colisiones frontales. En 2019 fallecieron 239 personas en colisiones frontales en carreteras convencionales. Había que tomar medidas.

  • 10:05 Pregunta

¿En autopistas y en autovías también existe la prohibición de adelantar a más de 20 km/h del límite de velocidad establecido? (José Cristóbal Belda Sangÿfffffffffffcesa)

  • 10:06 Respuesta

Nunca estuvo permitido. El límite de velocidad genérico es 120 km/h, más los específicos que se señalen en el tramo correspondiente. Saludos.

  • 10:07 Pregunta

¿Por qué la reforma no castiga con detracción de puntos o con una sanción más elevada a las personas que conducen sin realizar el curso de sensibilización vial, después de cumplir condenas judiciales iguales o inferiores a 2 años? A mi entender, se ríen del sistema: el curso de recuperación cuesta 424 euros (IVA incluido). Y si se intercepta a una persona conduciendo sin haber realizado dicho curso, la denuncia es de 200€, que se queda en 100€ con la reducción del 50%. Pueden pillarlos 4 veces (si es que les pillan) y aún así les compensa NO hacer el curso. (Juan Manuel Cenizo Fuentes)

  • 10:08 Respuesta

Tiene usted razón. Es un tema para la reflexión. Saludos.

  • 10:09 Pregunta

Hola. ¿No cree usted que la eliminación de poder superar en 20 km/h la velocidad en carreteras para poder efectuar adelantamientos con más seguridad es un atraso y pondrá en riesgo aún más los adelantamientos en este tipo de vías? Saludos. (Ángel)

  • 10:10 Respuesta

Vamos a realizar un seguimiento durante el primer año y tendremos los datos sobre su eficacia. Y estos datos darán respuesta a su pregunta. Saludos. 

  • 10:11 Pregunta

Me quitaron 4 puntos, a los dos años me devolvieron 1. ¿Cuánto tardaré en tener los 15 puntos? Y, ¿cómo? Gracias. (Julen Correas Fernández)

  • 10:12 Respuesta

Si transcurren 2 años sin que se cometa ninguna infracción que conlleve detracción de puntos, se recuperaran automáticamente todos los puntos. Espero haber contestado a su pregunta.

  • 10:13 Pregunta

¿Qué relación tiene la supresión de los 20 km/h que se dejaba a turismos y motocicletas para realizar adelantamientos en vías convencionales (90 km/h de límite), sobre el límite de la vía, con los radares de tramo? (José María Sánchez)

  • 10:14 Respuesta

Puede favorecer la instalación, en un futuro, de más radares de tramo. Y los radares de tramo se consideran más justos que los de puesto. Muchas gracias por participar en el encuentro.

  • 10:15 Pregunta

Me gustaría saber, dado que la tasa para conductores menores de edad es 0 mg/l, ¿cómo se sanciona a los menores de edad que den positivo en alcohol con una tasa inferior a 0,25mg/l en aire expirado? Dado que en el baremo sancionador no está recogida la sanción para tasa menor a 0,25 mg/l en el caso de conductores no profesionales. (J.P. G.M.)

  • 10:16 Respuesta

Esta infracción está tipificada como muy grave, y por lo tanto conlleva la sanción genérica correspondiente a las infracciones muy graves. Saludos.

  • 10:17 Pregunta

¿Que diferencia hay entre llevar el móvil en la mano, apagado, como un objeto cualquiera, y un cigarro, un pañuelo, etc.? ¿Cree que esa manera de llevarlo debe acarrear la detracción de 6 puntos? (Miguel Arrastia)

  • 10:19 Respuesta

Perdone que le indique que no son situaciones equiparables. Además, llevarlo en la mano apagado no tiene ningún sentido, y los agentes de la ATGC no pueden ni deben dedicarse a comprobar si el móvil está apagado o no. Muchas gracias por su pregunta.

  • 10:20 Pregunta

La cuestión no es lo que cambia, sino lo que habría que cambiar en las Administraciones, empezando por sustituir al susodicho y a otros muchos con ideas tan brillantes. Jamás he visto tantas infracciones como desde que puso el carnet por puntos. Ha conseguido todo lo contrario. Un mar de dudas. ()

  • 10:22 Respuesta

Los datos avalan la eficacia del Permiso por Puntos. El año 2005 (último sin Permiso por Puntos) se cerró con 4.442 fallecidos en siniestro de tráfico. En 2006 (el Permiso por Puntos entró en vigor el 1 de julio de ese año) el balance de víctimas mortales fue de 4.104 personas, 338 menos. En 2020 murieron 1.370 personas como consecuencia de un siniestro de tráfico. Saludos.

  • 10:23 Pregunta

El conductor motocicleta podrá usar uso dispositivo inalámbrico CERTIFICADO u HOMOLOGADO. ¿Cómo sabemos cuáles se consideran homologados o certificados y si son aptos para usarlos circulando. Muchas gracias. (José Vieiros)

  • 10:24 Respuesta

Consulte con el vendedor, compruebe las indicaciones del fabricante y si lleva la correspondiente etiqueta de homologación. Saludos.

  • 10:25 Pregunta

Buenas días. Con relación a la alcoholemia máxima permitida para menores de edad será 0,0, conduzca cualquier tipo de vehículo (bicicleta, VMP, motocicleta…etc.). ¿Pero cuál será la tasa para los mayores de edad que conduzcan esos vehículos? Gracias y saludos. (Cándido Escalante Escarcena)

  • 10:26 Respuesta

La tasa para los mayores de edad siempre es la misma, excepto profesionales, independientemente del vehículo que conduzca (0,5 gr/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado). Un cordial saludo.

  • 10:27 Pregunta

Buenas. Si yo cometí una infracción muy grave por la que no recuperaba los puntos hasta los 3 años, y ya llevo dos y pico sin cometer ninguna infracción, ¿con la nueva Ley de Tráfico que se unifican en dos años, me los devolverán automáticamente? Muchas gracias. (María Reinoso)

  • 10:29 Respuesta

Sí, se ha adaptado el programa informático para que todos aquellos que lleven 2 años o más sin cometer ninguna infracción que quite puntos, a partir de la entrada en vigor de esta Ley (ayer lunes 21 de marzo) recuperen automáticamente sus puntos. Saludos.

  • 10:30 Pregunta

Buenos días. ¿Me puede usted explicar por qué yo debo dejar 1,5 m. o incluso pasar al carril contrario para adelantar a un ciclista y este mismo cuando me adelanta a mí lo hace pegado al retrovisor y encima por la derecha? (José Roberto González Riveiro)

  • 10:31 Respuesta

Siempre hay comportamientos de riesgo, pero intuyo que si nos adelanta un ciclista es que estamos parados, y el riesgo no es el mismo. Espero que esté de acuerdo conmigo. Saludos. 

  • 10:33 Pregunta

Buenos días, 2 preguntas: dentro de un turismo no se puede llevar cascos o auriculares porque distraen al conductor... cosa que comparto. Pero ahora sacan ustedes que en las motocicletas, sí se puede llevar y para estos conductores no distraen. No es relevante la forma en que los utilicen, nadie sabrá si están escuchando música o temas de la navegación; y otra, las distancias de separación para adelantar ciclistas no se respetan, le solicito más empeño en denunciar estas infracciones. (Jesús Gallardo Ramírez, Presidente de la Plataforma de autocaravanas autónoma P.A.C.A)

  • 10:35 Respuesta

Se trata de dispositivos que están homologados por la UE y han pasado todos los controles. Su objetivo es incrementar la seguridad del motorista. Su uso indebido escapa a la norma. Muchas gracias por participar.

  • 10:36 Pregunta

Me han comentado que se va a implantar el 0’0 al volante. ¿Es cierto? (InhumanoKarry (Twitter))

  • 10:37 Respuesta

No, no es cierto. Salvo para los menores de edad, que sí es 0,0. Saludos.

  • 10:38 Pregunta

¿Cómo puede ser que el director general de Tráfico no tenga carnet de conducir y nos quiera vender esas normas, si no sabe circular, ni el estado de las carreteras, la mala señalizacion...? Solo sabe recaudar poniendo radares donde no hay peligro vendiendo que es por nuestra seguridad. (Dany Gar)

  • 10:40 Respuesta

Tengo carné desde los 18 años. Soy de una generación en la que el carné de conducir era un símbolo de ser adulto, de hacernos mayores. Lo que debemos es reflexionar cómo un bulo, una noticia falsa que alguien en algún momento difundió se ha extendido tanto y son tantos los que se la creen. Saludos.

  • 10:41 Pregunta

Buenas. Hoy en día los ciclistas no pueden circular por autopistas. ¿Es cierto que desde el 21 marzo tampoco pueden circular por autovías? Según leí en el BOE, entiendo que no. Un saludo. (Raúl Moreno López)

  • 10:42 Respuesta

No, no es cierto. La normativa no ha cambiado en este sentido. Muchas gracias por su pregunta.

  • 10:44 Pregunta

Hola. Para adelantar a un ciclista, y si el vehículo que adelanta es una motocicleta o un ciclomotor, ¿también debe de pasar al otro carril? Otra pregunta: ¿se sabe cuándo se van a aprobar los intercomunicadores en los cascos de los motoristas? Muy agradecido, un saludo. (José Ant. Carmona)

  • 10:46 Respuesta

Las motocicletas y los ciclomotores deben respetar las mismas normas que cualquier otro vehículo. Por otro lado, los intercomunicadores en los cascos de los motoristas están aprobados en esta Ley que entró en vigor ayer 21 de marzo. Saludos.

  • 10:47 Pregunta

¿Se puede llevar el móvil en el coche en un soporte homologado? (Pepe Zamorano)

  • 10:49 Respuesta

Sí, sin ningún problema. Lo que no puede hacer es manipular el móvil mientras conduce, es un hecho denunciable y conlleva la pérdida de 3 puntos. Si usted necesita utilizar su móvil, pare en un lugar adecuado, realice las operaciones que necesite con su móvil, y luego reanude la conducción. Un saludo.

  • 10:51 Pregunta

Si te encuentras a un ciclista circulando por el arcén de una autovía con límite de velocidad de 120 km/h, según la nueva ley hay que adelantarlo por el carril de adelantamiento, no vale como antiguamente el metro y medio de distancia. Si en ese momento se está siendo adelantado por otros vehículos, ¿cómo se ha de actuar? ¿Freno y mantengo la distancia de seguridad con la bicicleta y a la vez pongo las luces de emergencia por ir a una velocidad anormalmente reducida?¿Lo mismo pero detrás de la bicicleta por el arcén? ¿Adelanto como antes y me arriesgo a la sanción económica y la retirada de puntos? (Fernando Baena)

  • 10:52 Respuesta

Deberá adecuar su velocidad a las circunstancias de la circulación y cuando pueda adelantará a la bicicleta. Un cordial saludo.

  • 10:53 Pregunta

Sostener en mi mano un móvil mientras conduzco un vehículo es motivo de denuncia, estoy de acuerdo. Si sujeto un cigarro, ¿no es motivo de denuncia? ¿No estoy poniendo en peligro a los demás y aumentando el riesgo de arrojar la colilla por la ventanilla y el peligro de incendio en nuestros campos? ¿Para cuándo se va a prohibir fumar durante la conducción? Muchas gracias por ser atendido. Un saludo, señor director. (Joaquín Arenas)

  • 10:55 Respuesta

Es verdad que es un riesgo fumar mientras se conduce. En la DGT hemos realizado campañas recomendando no fumar. No sé si recuerda aquella: “Fumar mata al volante en 2 segundos”. En otros países está prohibido fumar si en el vehículo hay mujeres embarazadas o niños, pero es por motivos de salud. Muchas gracias a usted por participar.

  • 10:56 Pregunta

Hola. Quisiera saber cómo afecta la nueva ley a los relojes inteligentes, ya que la ley habla de los móviles y no de los relojes inteligentes, que reciben llamadas, etc. Muchas gracias, un saludo. (Alan Jaén)

  • 10:57 Respuesta

Al no tener que sujetarlos con la mano para utilizarlos no interfieren en la conducción. Tienen el mismo tratamiento que un manos libres. Saludos.

  • 10:58 Pregunta

Hola. La protección aplicada para ciclistas en cuanto a adelantamientos, ¿se aplica a los VMP? (Alejandro Virgós Müller)

  • 10:59 Respuesta

Los VMP tienen prohibido circular por carretera. En ciudad se les aplica la misma protección que a los ciclistas. Un cordial saludo.

  • 11:00 Pregunta

Buenas días. Si he cometido una infracción de tráfico a detraer puntos ¿cómo se va a plantear la recuperación de puntos en dos años si no has cometido ninguna infracción? ¿Me puede resolver la duda? (Juan Francisco Garrones Alcantata)

  • 11:02 Respuesta

Se va a realizar de forma automática a partir de la entrada en vigor de la Ley (o sea ayer 21 de marzo). Se ha preparado un programa informático. Muchas gracias por su pregunta.

  • 11:03 Pregunta

Hola! Tengo una aplicación en el móvil que me avisa que hay un posible radar.¿Son legales este tipo de aplicaciones? Y tengo un soporte para el móvil que se adhiere al parabrisas. ¿Es legal? Muchas gracias! (José Ra.)

  • 11:04 Respuesta

Las aplicaciones que avisan de la presencia de radares son legales; y si el soporte es homologado, también. Un cordial saludo.

  • 11:06 Pregunta

Hay personas reincidentes en la pérdida del permiso de conducir que acuden varias veces a los cursos de sensibilización y recuperación, haciendo obvio que la hora destinada a la parte psicológica no es suficiente para modificar conductas y actitudes. ¿La reforma de la ley o la DGT contemplan su ampliación? ¿Se recoge alguna modificación de los períodos de vigencia de los permisos de conducir, sobre todo para las personas mayores 70 años? ¿O está la DGT trabajando en ello? ¿Se contempla alguna decisión o medida respecto de las personas reincidentes de tres o más veces por la misma infracción? Un saludo. (Nieves Andrés Ramírez. Sección de Psicología del Tráfico y de la Seguridad del Colegio Oficial de Psicología de Castilla y León)

  • 11:07 Respuesta

Se está trabajando en una actualización del protocolo de las pruebas médicas necesarias para la renovación del permiso de conducir. Igualmente se está estudiando reformar los períodos de renovación del carné de las personas de avanzada edad. Saludos.

DESPEDIDA

Muchas gracias a todos los que habéis participado en el encuentro, por vuestro interés y por vuestras propuestas. Disculpas a los que por falta de tiempo no he podido contestar, pero sus preguntas me quedan para la reflexión. La Seguridad Vial hay que cuidarla, mantenerla al día y adaptarla a los nuevos tiempos y a las nuevas necesidades, y eso es lo que hemos intentado hacer con esta reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que entró en vigor ayer 21 de marzo. Habían pasado ya 10 años desde la última modificación del Permiso por Puntos y era un período razonable para su actualización. Estoy seguro de que es un paso adelante en el proceso que entre todos estamos realizando para hacer de nuestro país un referente en movilidad segura. En estos tiempos convulsos que estamos viviendo, cuídense mucho.

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