Baja temporal

Si tu vehículo va a estar mucho tiempo parado pero quieres conservarlo tienes la posibilidad de darlo de baja temporalmente y así ahorrarte costes de mantenimiento.

Fecha actualización: 12/11/2024

Para poder circular un vehículo debe encontrarse en situación de alta administrativa. Esta situación implica tener que estar al día del impuesto de circulación y tener seguro e ITV en vigor. Por eso si no vas a usar un vehículo en un tiempo, y vas a guardar tu vehículo dentro de una propiedad privada, lo mejor es que lo des de baja y ahorrar en alguno de los costes que implica tener un vehículo de alta a tu nombre. Es posible dar de baja temporal cualquier tipo vehículo: coche, moto, camión, autobús…

La baja temporal está pensada para vehículos que, por el motivo que sea, no van a ser usados durante un largo periodo de tiempo, pero que es muy posible se vuelva a usar en el futuro. Es por tanto un estado que es fácil revertir y volver a circular con el vehículo otra vez. 

Situación de un vehículo durante una baja temporal

  • Este tipo de bajas tiene un carácter temporal, con una duración máxima de un año. Antes de la finalización de la baja, se podrá solicitar una prórroga que tendrá una duración de un año, sin que exista un límite al número de prórrogas que puedas encadenar. La prórroga podrá solicitarse hasta 2 meses antes de la finalización de la baja actual.
    • En el momento de finalización del plazo de la baja temporal, el vehículo volverá de manera automática a la situación de alta administrativa, con todas las implicaciones que ello tiene.
    • Antes de poder volver a circular con tu vehículo, tendrás que solicitar su alta.
    • Si decides que no vas a usarlo nunca más, podrás solicitar la baja definitiva.
  • No podrás circular con el vehículo mientras esté de baja.
  • Cualquier vehículo estacionado en la vía pública debe tener el seguro y la ITV en vigor. Únicamente si fueras a guardar el vehículo en una propiedad privada (y no va estar aparcado en la vía pública) no sería necesario que el vehículo estuviera al día de ITV ni tener el seguro obligatorio en vigor.
  • En el caso de vehículos agrícolas, no existe la limitación de un año en la baja temporal, por lo que podrás mantener el vehículo indefinidamente en situación de baja hasta que se decida dar de alta de nuevo, sin necesidad de realizar prórrogas.

 

Para proceder a la baja temporal de un vehículo o solicitar una prórroga de una baja, realiza el trámite de baja temporal en la DGT:

En linea Presencial
  • Coste del trámite XX,XX€ TIPO DE TASA: 4.1

Para el caso especial de vehículos agrícolas, antes de solicitar el trámite en la DGT deberás darlo de baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la Comunidad Autónoma donde esté domiciliado tu vehículo.

  • En el momento en el que quieras volver a usar el vehículo, podrás darlo de alta de nuevo.

  • Si quieres dar de baja tu vehículo porque te vas a vivir a otro país y vas a llevártelo, consulta en el apartado de ¿Vas a vivir fuera de España?

  • Si quieres dar de baja un vehículo porque te lo han robado, debes acudir a la policía

Cómo dar de baja un vehículo sin papeles

Si se ha extraviado o ha sido sustraída la documentación, deberás rellenar una declaración responsable indicando tus datos y los del vehículo, indicando el motivo por el que no se presenta la documentación.


¿Cuándo dejarás de pagar el impuesto de circulación?

Mientras esté de alta, aunque no se use, un vehículo tendrá que pagar el impuesto en el ayuntamiento en el que tenga su domicilio fiscal.

- El impuesto se genera cada día 1 de enero, por lo que si el vehículo estaba de alta en esa fecha del año, el Ayuntamiento lo cobrará.

- Para evitar que se generen nuevos impuestos, te recomendamos dar de baja el vehículo antes de que acabe el año en curso.


¿Tienes que comunicar la baja del vehículo en el Ayuntamiento?

No, la DGT se encargará de hacerlo.

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