Recursos útiles

El servicio 018 facilita el acceso a los recursos disponibles para ayudar a las víctimas y familiares de siniestros de tráfico.

Fecha actualización: 05 mayo 2026

Grupo de trabajo

El servicio cuenta con un grupo de trabajo de seguimiento orientado a garantizar su calidad y mejora continua. En este espacio participan, entre otros, representantes de asociaciones de víctimas, aportando su experiencia y conocimiento directo de las necesidades de las personas afectadas.

Este grupo se enmarca en el Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial y actúa como un órgano operativo y funcional encargado de evaluar periódicamente el funcionamiento del servicio.

Entre sus principales objetivos se encuentran:

  • El análisis del desempeño del servicio de atención telefónica a víctimas de siniestros de tráfico.
  • La identificación de áreas de mejora.
  • El impulso de medidas que permitan reforzar la calidad de la atención prestada.

Preguntas frecuentes

¿Es un servicio confidencial?

Sí, la atención es completamente confidencial y se realiza con el máximo respeto a la privacidad de las personas.

¿Tiene algún coste llamar al 018?

No, el 018 es un servicio gratuito para todas las personas que lo utilicen.

¿En qué idiomas puedo ser atendido?

El servicio está disponible en más de 50 idiomas, incluyendo las lenguas cooficiales del Estado, para garantizar una atención accesible a todas las personas.

¿Es accesible para personas con discapacidad?

Sí, el servicio está adaptado para atender a personas con discapacidad, facilitando el acceso a la información y la comunicación.

¿Es necesario pedir cita previa?

No. Puedes contactar directamente a través del teléfono, WhatsApp, correo electrónico o formulario web.

¿Tengo que facilitar datos personales?

Solo los necesarios para poder ayudarte de forma adecuada. Tus datos siempre se tratarán con confidencialidad y conforme a la normativa de protección de datos.

¿Puedo llamar al 018 justo después de un accidente?

No es un servicio de emergencias, por lo que, en el momento del accidente, debes contactar con los servicios de emergencia (112). El 018 está pensado para la atención posterior al siniestro.

¿Y si el accidente ocurrió hace tiempo?

También puedes contactar. El servicio está disponible independientemente del tiempo transcurrido, siempre que necesites apoyo, información u orientación.

¿Puedo llamar, aunque no haya habido heridos?

Sí, puedes contactar aunque el siniestro haya causado solo daños materiales o afectación emocional.

¿Puedo llamar si soy familiar o allegado de una víctima?

Sí. El servicio está dirigido tanto a víctimas directas como a familiares o personas allegadas.

¿Puedo llamar, aunque yo haya sido el responsable del accidente?

Sí. El servicio está abierto a cualquier persona afectada por un siniestro de tráfico, independientemente de su responsabilidad en el mismo.

¿Puede llamar alguien en mi nombre?

Sí. Una persona de confianza puede contactar en tu nombre, especialmente si necesitas ayuda o no puedes hacerlo directamente.

¿Me pueden ayudar con trámites administrativos o legales?

Sí. Te orientarán sobre los trámites que debes realizar tras un siniestro de tráfico, los recursos disponibles y las cuestiones legales relacionadas con el mismo. No se atenderán consultas sobre trámites administrativos relacionados con infracciones, sanciones o multas, ni otras cuestiones que no estén vinculadas directamente con un siniestro de tráfico.

¿Puedo recibir apoyo psicológico?

Sí. El servicio ofrece orientación y apoyo psicológico inicial, y puede derivarte a recursos especializados si lo necesitas.

¿Me informan sobre indemnizaciones o derechos?

Sí, te proporcionarán información general sobre tus derechos y te orientarán sobre los procedimientos relacionados con el siniestro. No se realizan cálculos de indemnizaciones, pero pueden indicarte recursos especializados donde recibir asesoramiento específico.

¿Quién me atenderá cuando contacte?

Serás atendido por un equipo de trabajadores sociales que te derivarán, si fuera necesario, a una atención más especializada de psicólogos y profesionales del ámbito jurídico.

¿Pueden hacer seguimiento de mi caso?

Sí. En casos graves y siempre con tu consentimiento, se puede realizar un seguimiento periódico mensual durante un año, con el objetivo de comprobar tu situación y ofrecerte apoyo adicional si lo necesitas.

Vídeos - Píldoras de información servicio #018

Asistencia profesional

Acceso a recursos públicos

Atención 360º

Servicio multicanal

Compromiso institucional

Documentos y enlaces relacionados

¿Te ha resultado útil esta información?